El pasado 16 de diciembre en Consejo de Ministros se aprobó la ampliación del Permiso de Paternidad, ampliándose de 13 días a 4 semanas ininterrumpidas (ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo).

La ampliación de la duración del permiso de paternidad estaba prevista desde el año 2009, por la Ley 9/2009 de 9 de octubre; pero su aplicación, inicialmente prevista para 2011, se ha ido posponiendo hasta este año 2017.

La entrada en vigor de la Ley 9/2009 se fijó para el 1 de enero de 2017 gracias a la nueva redacción de su disposición final segunda que llevó a cabo la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016.

Las previsiones legales relativas a la duración del permiso de paternidad quedan redactadas de la siguiente forma:

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, Artículo 48 Suspensión con reserva de puesto de trabajo.

7. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d), el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso regulados en los apartados 4 y 5 (…).

ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO, Artículo 49 Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos.

c) Permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cuatro semanas, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción (…).