Tras su aprobación por el Consejo de Ministros del pasado 22 de septiembre, el BOE del de 23 de septiembre de 2020 ha publicado el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Entre las principales novedades destaca que esta modalidad requiere de un acuerdo por escrito entre trabajador y empresa, y que la persona trabajadora no deberá asumir ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles, vinculados al desarrollo de su actividad, junto con la obligación de determinar condiciones y aspectos relevantes como el derecho a la desconexión, la flexibilidad horaria y la reversibilidad del teletrabajo.
Publicado en el BOE del 23 de septiembre el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.
carlos20192020-12-04T10:11:38+01:0025 de septiembre de 2020 | 1:30 pm|Categories: BOE, Consejo de Ministros, Decreto Ley, Noticias, Teletrabajo|0 Comments
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